Los
Planes Reguladores Comunales tiene la facultan de declarar
INMUEBLES (ICH) y
ZONAS DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA (ZCH), tal como lo señala el artículo 60°, inciso segundo, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones:
"Igualmente, el Plan Regulador señalará los inmuebles o zonas de conservación histórica, en cuyo caso los edificios existentes no podrán ser demolidos o refaccionados sin previa autorización de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo correspondiente"
En esta sección, se podrá encontrar
normativa relacionada con los ICH y ZCH, además de los
listados de los inmuebles y zonas declarados por los distintos Planes Reguladores Comunales.